El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado las partes de la Ordenanza de Movilidad Sostenible de José Luis Martínez-Almeida que definen el ámbito de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en todo el municipio de Madrid. Es decir, que caen las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) de ‘Distrito Centro’, conocida como Madrid Central, y la de ‘Plaza Elíptica’, uno de las principales vías de entrada a la capital. Según la sentencia a la que ha tenido acceso GRAN MADRID, quedan «subsistentes todo el resto del articulado, incluso aquellos artículos que, con carácter general o por mera referencia, se refieran a las ZBE y ZBEDPE que puedan establecerse en un futuro».El fallo judicial todavía no es firme y el Ayuntamiento tiene 30 días para interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, por lo que los vehículos no podrán entrar en la almendra central hasta que se pronuncie el Supremo. La resolución ha estimado parte de los argumentos del Grupo Municipal Vox, con Javier Ortega Smith a la cabeza, sobre la «notoria insuficiencia de los informes previos a la aprobación de la Ordenanza». Concretamente, considera que concurre una «manifiesta insuficiencia» del informe de impacto económico previo a la aprobación de la Ordenanza. Autónomos y pymesUno de los epígrafes que subraya la resolución jurídica es el hecho de que las medidas restrictivas adoptadas afectan a personas de menos capacidad económica, dificultando el acceso a nuevos vehículos que cumplan con esas exigencias medioambientales.En ese sentido, el texto se refiere a los miles de vehículos profesionales que acceden a la capital, principalmente por esa Zona de Bajas Emisiones de Plaza Elíptica, y que repercute en las condiciones de la competencia y del mercado. «Considera de singular importancia que se hubiera tenido en cuenta la situación de los colectivos empresariales de menor capacidad económica para la renovación del vehículo, como son los autónomos, microempresas y pymes».Porque en estas zonas de restricción al tráfico por cuestiones medioambientales, está prohibida la circulación de los vehículos sin distintivo y, también, los que sólo dispongan de una etiqueta de tipo A, según detalla la normativa del Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, encabezada por Borja Carabante.La sentencia concluye que la aprobación de la Ordenanza no se atuvo a los criterios del TJUE y del Tribunal Supremo, que establecen la exigencia de respetar el principio de proporcionalidad en materia ambiental. Es decir, que no se tuvo en cuenta la incidencia económica que ha podido causar a muchas de las empresas cuya actividad económica se centra en la capital.El apoyo del Grupo MixtoUn espaldarazo judicial para una de las principales causas defendidas por Vox desde 2019, cuando José Luis Martínez-Almeida llegó al Palacio de Cibeles con su apoyo, a cambio de retirar aquel Madrid Central de Manuela Carmena que hoy, con otra nomenclatura, sigue vigente. Una promesa que no se produjo en ningún momento y que, lógicamente, alejó a los dos grupos políticos. Sin embargo, aquel acuerdo permitió a Almeida, pese a perder las elecciones, ser alcalde de la capital de la mano de Ciudadanos y Vox.De hecho, cabe recordar que la Ordenanza de Movilidad Sostenible fue aprobada el 13 de septiembre de 2021 con los cuatro votos a favor del polémico Grupo Mixto (Marta Higueras, Luis Cueto, José Manuel Calvo y Felipe Llamas), formado por concejales escindidos de Más Madrid, y considerado ilegal el pasado mes de abril por el Tribunal Supremo.En Cibeles siempre han justificado su decisión de seguir adelante con las ZDBE por las exigencias de la normativa europea. Ahora, los servicios jurídicos del Ayuntamiento se encuentran analizando una sentencia que cambiaría la estructura de la movilidad de la ciudad. Aún así, en el plazo de 30 días, aún podría interponerse un recurso de casación en el Tribunal Supremo.