El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Parla ha tomado una decisión histórica al declarar ilegal en Madrid el seguro de impago en un contrato de alquiler impuesto a los inquilinos para garantizar los pagos en caso de morosidad. Esta resolución se dio como resultado de una demanda presentada por una inquilina representada por el Centro de Asesoría y Estudios Sociales CAES.
La cláusula decimoséptima del contrato de arrendamiento, que hacía referencia al «seguro de impago para responder del pago de la renta y demás responsabilidades derivadas de este contrato», fue declarada nula. La demandada, Nestar Residencial Sociedad De Inversión Inmobiliaria S.A, fue condenada a pagar a la demandante 917 euros, más los intereses legales correspondientes.
El juez consideró que esta cláusula vulneraba los derechos legislativos al hacer que el inquilino asumiera un gasto para financiar un seguro contratado por el arrendador, beneficiando exclusivamente al arrendador y rompiendo el equilibrio y proporcionalidad entre las partes. Además, la falta de información sobre los términos del contrato de seguro vinculado al arrendamiento llevó a que se declarara la cláusula como abusiva.
Los abogados de CAES han señalado que cada vez más empresas de alquiler están imponiendo a los inquilinos un seguro a favor del casero, lo que ha sido considerado como un abuso. Esta sentencia pionera sienta un precedente y abre la posibilidad para que otros inquilinos puedan reclamar sus derechos en casos similares.
Es importante destacar que esta decisión judicial es un paso hacia la protección de los derechos de los inquilinos y hacia la eliminación de prácticas abusivas en el mercado inmobiliario. Los inquilinos ahora tienen un respaldo legal para impugnar cláusulas injustas en contratos de alquiler y garantizar un trato justo en sus relaciones con los arrendadores.